No todos los derechos del Capítulo II tienen la misma protección. La Constitución establece tres niveles de intensidad —una jerarquía dentro de la jerarquía— que resulta fundamental para entender el sistema:
Nivel máximo — Sección 1ª (Arts. 15-29): Son los derechos fundamentales stricto sensu. Gozan de cuatro garantías acumuladas: (1) solo pueden desarrollarse mediante ley orgánica, (2) esa ley debe respetar su contenido esencial, (3) cualquier ciudadano puede recurrir su vulneración ante los tribunales ordinarios mediante un procedimiento preferente y sumario, y (4) si los tribunales no amparan, se puede recurrir ante el Tribunal Constitucional.
Nivel alto — Art. 14 y Sección 2ª (Arts. 30-38): Derechos y deberes de los ciudadanos. Tienen garantía legal (necesitan ley para ser regulados) y tutela judicial efectiva, pero no tienen recurso de amparo constitucional.
Test: Capítulo II
La jerarquía de los derechos, el art. 14, las dos secciones y sus distintos niveles de protección.