El Capítulo I establece los tres niveles territoriales del Estado —municipios, provincias y Comunidades Autónomas— y los principios que los rigen. Son solo tres artículos, pero contienen los valores fundamentales sobre los que se construye toda la organización territorial posterior.
El principio de autonomía (art. 137) significa que cada entidad territorial gestiona sus propios intereses. El principio de solidaridad (art. 138) exige que esta autonomía no genere desequilibrios inaceptables entre territorios: el Estado debe equilibrar las diferencias económicas interterritoriales. El principio de igualdad (art. 139) garantiza que todos los españoles tienen los mismos derechos en cualquier punto del territorio, sin que ninguna autoridad pueda obstaculizar la libre circulación de personas, bienes, servicios y capitales.
Test: Principios generales del territorio
Autonomía, solidaridad e igualdad como pilares de la organización territorial del Estado.