Título IV · El Poder Ejecutivo

IV. Del Gobierno y
de la Administración

El Gobierno dirige la política interior y exterior, la administración civil y militar, y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria.

Artículos 97 – 107
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El Gobierno: el motor del Estado

En el sistema parlamentario español, el Gobierno es el órgano central del poder ejecutivo. A diferencia de los sistemas presidencialistas, el Gobierno no emana directamente del pueblo, sino del Congreso: el Presidente del Gobierno necesita obtener la confianza del Congreso mediante el proceso de investidura (Art. 99), y puede ser cesado por una moción de censura (regulada en el Título V).

El artículo 97 concentra en pocas palabras una enorme cantidad de poder: el Gobierno dirige la política interior y exterior, la administración civil y militar y la defensa del Estado, y ejerce la potestad reglamentaria. Esta última es clave: el Gobierno puede aprobar decretos y reglamentos que tienen fuerza de ley en materias no reservadas al legislador.

La Constitución distingue claramente entre el Gobierno (el órgano político: Presidente, Vicepresidentes, Ministros) y la Administración Pública (el aparato permanente y burocrático del Estado). La Administración sirve con objetividad a los intereses generales y está sometida a los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.

Composición del Gobierno
Presidente, Vicepresidentes (optativo), Ministros
Investidura
Congreso otorga confianza al candidato propuesto por el Rey
Responsabilidad
Solidaria del Gobierno; individual de cada Ministro
Principios Admón.
Eficacia, jerarquía, descentralización, coordinación
Artículos 97 a 107
Art. 97
Funciones del Gobierno
El Gobierno dirige la política interior y exterior, la administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.
BOE
Art. 98
Composición del Gobierno
El Gobierno se compone del Presidente, de los Vicepresidentes en su caso, de los Ministros y de los demás miembros que establezca la ley. El Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros del mismo.
BOE
Art. 99
Investidura del Presidente del Gobierno
Tras cada renovación del Congreso, el Rey propone candidato a Presidente tras consultar a los grupos parlamentarios. El candidato expone su programa y solicita la confianza del Congreso. Se requiere mayoría absoluta en primera votación o mayoría simple en segunda. Si en 2 meses no hay candidato investido, el Rey disuelve las Cortes.
BOE
Art. 100
Nombramiento de Ministros
Los demás miembros del Gobierno serán nombrados y separados por el Rey, a propuesta de su Presidente.
BOE
Art. 101
Cese del Gobierno
El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria (moción de censura o cuestión de confianza perdida), o por dimisión o fallecimiento de su Presidente.
BOE
Art. 102
Responsabilidad criminal del Presidente y Ministros
La responsabilidad criminal del Presidente y los demás miembros del Gobierno será exigible ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (aforamiento). La iniciativa de acusación corresponde al Congreso.
BOE
Arts. 103–107
La Administración Pública
La Administración sirve con objetividad a los intereses generales y actúa con eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho. La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública según los principios de mérito y capacidad, y el sistema de incompatibilidades. Los actos de la Administración están sometidos al control de los tribunales (arts. 106-107).
BOE

Test: El Gobierno y la Administración

Composición del Gobierno, investidura, funciones, cese y principios de la Administración Pública.

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